Preguntas y Respuestas Frecuentes
Denuncias de herencias vacantes
¿Qué se entiende por herencia vacante?
Las herencias vacantes son aquellas en las que no existen sucesores (herederos) o ellos no la reclaman en los plazos y condiciones que establece la ley.
¿Quiénes pueden ser denunciantes?
Puede ser denunciante de una herencia vacante cualquier persona, física o jurídica, que haga saber a las autoridades del Gobierno de la Ciudad, la existencia de una herencia presumiblemente vacante.
¿Qué beneficio que puede obtener quien denuncia?
La Ciudad de Buenos Aires reconoce a los denunciantes de herencias declaradas vacantes el diez por ciento (10%) del valor líquido de los bienes denunciados.
¿Qué requisitos debe cumplir la denuncia?
Los requisitos que debe cumplir una denuncia de herencia vacante son los siguientes:
a) Debe formularse por escrito y dirigirse al Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires con la firma del denunciante.
b) Debe contener:
- Nombre y apellido, profesión, domicilio real y legal del denunciante
- Nombre, apellido, estado civil, último domicilio real del fallecido, fecha y lugar del deceso
- Naturaleza de los bienes y circunstancias que acrediten su ubicación y valor presunto.
- En caso de que existan varios denunciantes sobre un mismo caso, en principio se considerará beneficiario a aquel que lo haya denunciado en primer término.
¿Dónde realizar la denuncia?
En la Mesa de Entradas de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,
Uruguay 440/446, PB.